En este nuevo Policy Brief del Centro de Estudios de Políticas y Prácticas en Educación, CEPPE UC, titulado ¿”Inclusión con filtro”? Aprendizajes y recomendaciones para la implementación de la Ley de Inclusión, se exploran los efectos que ha tenido la implementación de la Ley de Inclusión Escolar, particularmente en lo que refiere al criterio de no selección y gratuidad, con el objetivo de rastrear elementos no esperados de los procesos de implementación.
El documento fue elaborado por Claudia Matus, Profesora Asociada Facultad de Educación UC e Investigadora Principal Centro Justicia Educacional; Carolina Rojas, Académica Departamento de Trabajo Social, Universidad Alberto Hurtado y Laura Luna, Profesora Asociada, Campus Villarrica, Pontificia Universidad Católica de Chile e Investigadora Adjunta Centro Justicia Educacional.
Luego del estudio etnográfico realizado en tres establecimientos educacionales que manifiestan una adhesión explícita a la Ley de Inclusión y sus principios, las investigadoras afirman las escuelas estudiadas adhieren a los principios de la ley, pero su implementación se ha percibido como una imposición para el trabajo tanto pedagógico como disciplinar.
Además, destacan que existen temores relacionados con un desmoronamiento en los límites que aseguran cierta estabilidad y seguridad; “contagio” de conductas que traerían los nuevos estudiantes versus los que ya formaban parte de estos colegios; e inseguridades respecto al monitoreo por parte de la Superintendencia de Educación que condiciona las acciones de estos establecimientos, percibiéndola como una amenaza más que un apoyo.
Pese a ello, se recoge una conformidad con el fin a la selección donde las escuelas reconocen que sus modelos educativos deben estar a disposición de todos y todas, aunque con “filtros”.
En la investigación realizada, las académicas identifican dos de estos límites. El primero de ellos tiene que ver con que si bien los establecimientos están abiertos a contar con una matrícula más heterogénea, la condición es que quien llegue efectivamente quiera ser parte del proyecto educativo y no que tengan que plantearse qué hacer con aquellos que no quieren ser parte de dicho proyecto.
El segundo “filtro” tiene que ver con que si bien la inclusión es un aspecto deseado por los colegios, es bien recibida en la medida que siempre y cuando no les impida formal y administrativamente definir un marco normativo que garantice convivencia. Es decir que la inclusión no lleve a que se generen conductas que pueden ser definidas como inaceptables (violencia desde los alumnos a los profesores; a los directores; o bien vestimenta que no sea considerada en el uniforme).
El Policy Brief, finalmente, entrega recomendaciones para la implementación de la Ley de Inclusión, a nivel discursivo de la política pública; a nivel de la estructura institucional; a nivel de escuela; y de programas de formación para profesores y profesoras.
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